Para el 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) nos da a conocer varios cambios en lo que se refiere a facturación electrónica conforme a las modificaciones de la Reforma Fiscal que busca modificar el Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
La Reforma Fiscal para 2022 nos indica que a partir del 1 de enero, se actualizará el esquema de facturación electrónica con el fin de fortalecer las herramientas tecnológicas para simplificar el cumplimiento de las normas tributarias.
Se trata de beneficiar a ambas partes, tanto al contribuyente como a la autoridad fiscal:
Reportar información más completa y correcta al SAT contenida en los CFDI que expidan, a efecto de recibir mejores servicios.
Facilitar la presentación de declaraciones con información prellenada derivado de la información contenida en los CFDI.
Fortalecer la calidad de la información que recibe el SAT de los contribuyentes respecto de los CFDI emitidos.
Aumentar el grado de aprovechamiento de la información recibida para que las áreas fiscalizadoras puedan revisar y tomar acciones.
Los principales cambios que se reflejarán se dividen en 4 áreas:
Se precisan descripciones de nodos y atributos.
Se incluyen nuevos atributos: Exportación, Factura Atributo Adquirente (Emisor), Domicilio Fiscal del Receptor, Régimen Fiscal del Receptor, Objeto de Impuesto.
Se incluyen nuevos nodos: Información global y A cuenta de terceros.
Se cambia la secuencia de Cfdi Relacionados.
Inclusión de reglas de validación para los nuevos nodos y atributos.
Inclusión de nuevos catálogos.
Se precisan descripciones de nodos y atributos.
Se incluyen nuevos atributos como el Domicilio Fiscal del Receptor.
Se incluye nuevo nodo de Cfdi Relacionados.
Inclusión de reglas de validación.
Inclusión de nuevos catálogos
Se incluye nuevo atributo de Objeto de Impuesto.
Se elimina el atributo Método Pago en el Documento Relacionado.
Se adecuan los impuestos a nivel del documento relacionado.
Inclusión de reglas de validación para los nodos y atributos de los impuestos.
Se incluye un nuevo elemento: Totales.
Se modifica el esquema y se incluye el motivo de cancelación.
Se incluye el folio fiscal que sustituye al comprobante cancelado.
Se adecuan las validaciones para limitar la cancelación solamente al ejercicio en que se haya emitido.
Facturas globales emitidas por contribuyentes del régimen simplificado de confianza (RESICO).
Una importante modificación que se hará es la distribución de la información en dos grandes apartados; una es la información global que se dedica a los comprobantes globales que se emiten al público en general, pero aparte se exhiben los destinados a terceras personas con los datos requeridos para que otras personas facturen se hallará en esta parte del CFDI.
Los CFDI relacionados tendrán un cambio en su estructura para que se puedan vincular más de uno de estos comprobantes.
En lo que respecta a las Cancelaciones de un CFDI, se verá la razón por la que se hace el procedimiento, codificada según un listado nuevo y también se mostrará el número de folio fiscal que tomará el lugar del comprobante a cancelar. La Miscelánea Fiscal 2022 establece que las cancelaciones sólo se podrán hacer en el mismo ejercicio al que pertenecen, es decir, se podrán cancelar en el mismo periodo de emisión. Por este motivo, el proceso para hacerlo contará con validaciones donde no se permitirán las cancelaciones fuera de tiempo para cumplir con ese mandato.
Es muy importante que como contribuyente estés informado acerca de todos estos cambios que se implementarán próximamente para que tus CFDIs estén a la orden del día con sus actualizaciones. En FEP te brindamos información más a detalle sobre el tema y varios de nuestros servicios