En México está creciendo cada vez más la simulación de operaciones por medio de CFDI’s (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet), por lo que las autoridades establecieron sanciones graves y multas para quienes participen en estas acciones. Tales simulaciones las realizan las llamadas EFOS.
Se definen como empresas que facturan operaciones simuladas, este término surgió desde el 2014, cuando se incorporó el artículo 69-B al Código Fiscal de la Federación (CFF).
Las EFOS (Empresa que Factura Operaciones Simuladas) son personas físicas o morales que no cuentan con activos, personal, infraestructura o capacidad material, los cuales emiten comprobantes fiscales que nunca se llevaron a cabo, con la única finalidad de obtener un beneficio fiscal indebido. Es decir, que emiten facturas falsas o venden facturas falsas.
La autoridad puede deducir que una persona física o moral es EFOS si no está localizable en su domicilio fiscal.
Hay que mencionar también a las EDOS (Empresa que Deduce Operaciones Simuladas), que son personas o empresas que utilizan o compran las facturas electrónicas o comprobantes fiscales digitales de las EFOS, éstas simulan un aumento en sus gastos de operación para pagar menos impuestos.
Una empresa puede tener un proveedor que se encuentre en la Lista Negra (EFOS) sin percatarse y convertirse en EDOS, ya que tendrían que llevar a cabo un proceso manual diariamente, lo cual resultaría muy tedioso y poco práctico. Afortunadamente ya hay servicios de Validación y Lista Negra que hacen ese proceso en automático.
Se refiere a los listados de contribuyentes que el SAT publica cuando se presume que realizan o realizaron operaciones inexistentes o que tienen irregularidades en su situación fiscal. Ahí se encuentran las EFOS.
Además de los EFOS, cabe señalar que otros contribuyentes también pueden ser boletinados por el SAT en diferentes tipos de listas negras por diversos motivos.
El SAT descubrió a 9 mil 986 presuntos contribuyentes que facturan operaciones simuladas desde enero de 2014 a la fecha, de los cuales más de 8 mil quedaron inscritos en la lista negra de forma definitiva.
Facturar con un EFOS se considera un delito fiscal, el celebrar actos o contratos simulados en términos del Código Fiscal de la Federación, para estos supuestos se impondría multas que van desde 14 mil hasta 84 mil pesos, o hacerse acreedor de una sanción de tres meses a seis años de prisión. Además de que el SAT, dejará sin efecto el Certificado de Sello Digital y Certificado de e. Firma y sin estos dos elementos los contribuyentes no pueden emitir facturas fiscales. ¡CUIDADO!
Por lo dicho anteriormente, es de suma importancia la validación de sus facturas ya que la mayoría de las empresas realizan operaciones con distintos proveedores, sin saber que muchos de ellos podrían no estar cumpliendo con sus obligaciones fiscales.
La detección de EFOS se puede realizar de dos formas:
Manual: Revisando el listado del SAT (los datos están abiertos a todo público) antes de aceptar una factura. La lista que hace referencia a las EFOS se publica en el Diario Oficial de la Federación y en la página del SAT.
Automática: Mediante web service que se integran a un software contable y de administración (ERP), que avisa cuando se introduce al sistema un RFC que está en la lista negra.
En FEP contamos con el servicio de “Validación y Lista Negra” que permite validar la estructura y el estatus de cualquier CFDI de proveedores recibido. Con ello te ayudamos a prevenir que tu imagen corporativa se vea dañada al facturar con una EFOS y a evitar consecuencias legales.
Para concluir, como dato curioso, en ninguna ley fiscal se conoce textualmente los términos “EFOS” y “EDOS”, sin embargo, estos nacieron desde la exposición de motivos de reforma y adiciones al Código Fiscal de la Federación, en 2013, y posteriormente en el gremio fiscal se adoptaron dichos términos.