El SAT informó, a través de su portal de internet, los cambios que tendrá la nueva versión de CFDI 4.0 debido a la Reforma Fiscal para el 2022. Esta versión entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022, existiendo un periodo de convivencia entre la versión 3.3 y la versión 4.0 el cual comprende del 1 de enero al 30 de abril de 2022.
En FEP estamos en constante actualización para cubrir las necesidades y expectativas de nuestros clientes, creando soluciones para aumentar el potencial de sus equipos de trabajo. Por lo antes mencionado, les informamos que ya contamos con un ambiente de prueba para esta nueva versión de CFDI 4.0. Si ya eres parte de la familia FEP te compartimos las urls para que empieces a hacer tus pruebas:
https://pruebas.pade.mx/servicio/Timbrado4.0
https://pruebas.pade.mx/servicio/Timbrado4.0 https://pruebas.pade.mx/servicio/rest/timbrado40Prueba
Comunícate con nosotros para más información.
A continuación te mostramos un concentrado de información con todo lo que necesitas saber acerca de este CFDI:
Existirá la versión 4.0.
Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
Incluirá campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.
Para más información descarga:
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La versión será la 2.0.
Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
Permitirá relacionar otros CFDI.
Para más información descarga:
https://FEP.us4.list-manage.com/track/click?u=9ba518dc96f295db8b1292d07&id=8140a3bae6&e=d7e8539282
La versión será 2.0.
Se incluyen nuevos campos para identificar sí los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
Se incluye un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.
Para más información descarga:
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A partir del 2022 será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes.
Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.
Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas.
Para más información descarga:
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Puedes consultar los cambios en la página del SAT aquí o comunicarte a nuestra área de Soporte FEP para cualquier duda o aclaración.