El RESICO o Régimen Simplificado de Confianza, entró en vigor a partir del 1 de enero de 2022, el cual se creó para simplificar administrativamente el pago de impuestos.
El Régimen Simplificado de Confianza va dirigido tanto a personas físicas como a personas morales.
En personas físicas aplica cuando la totalidad de los ingresos no supere el monto de los 3.5 millones de pesos al año y realicen algunas de las siguientes actividades:
Empresariales y profesionales.
Régimen de Incorporación Fiscal.
Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento).
Agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.
Las personas morales entran en este régimen cuando sus ingresos son menores a 35 millones de pesos y cuyos socios sean personas físicas.
Para los contribuyentes que cumplan con lo requisitos correspondientes, de acuerdo con el SAT, el RESICO les tiene algunos beneficios:
La reducción de la tasa de ISR. Para que las personas que tengan menores ingresos, paguen menos. La tasa de ISR a pagar oscila entre 1% y 2.5%. Esto en el caso de las personas físicas. Se utilizará como base los ingresos facturados y cobrados, lo que permitirá disminuir la labor contable del contribuyente sin que requiera el apoyo de terceras personas. El SAT como anualmente lo realiza, hará los cálculos y ofrecerá la declaración anual precargada que estará prácticamente lista, solamente para ser verificada y pagar.
Se utilizará como base los ingresos facturados y cobrados, lo que permitirá disminuir la labor contable del contribuyente sin que requiera el apoyo de terceras personas. El SAT como anualmente lo realiza, hará los cálculos y ofrecerá la declaración anual precargada que estará prácticamente lista, solamente para ser verificada y pagar.
Otorgar mayor liquidez. Es decir, pretende que las empresas tengan mayor cantidad de efectivo para sus gastos inmediatos. Se calcularán sus impuestos en base a los ingresos por facturas efectivamente cobradas, a diferencia del general, donde se acumulan ingresos y gastos facturados sin importar si realmente fueron pagados por sus acreedores. Esto es benéfico para las personas morales.
Otra forma de obtener mayor liquidez, es comprar maquinaria y hacer inversiones que utilizan estas empresas para sus actividades y las deduzcan (como se seguía haciendo para pagar menores impuestos), sólo que ahora con el RESICO será en menor tiempo y con mayores tasas.
Como punto que hay que tomar en cuenta para las personas físicas que se quieren cambiar al Régimen Simplificado de Confianza, antes de efectuarlo, es que no podrán hacer deducciones en la parte de ISR ni las deducciones personales (que son las que se presentan al hacer la declaración anual) bajo este esquema tributario.
En caso de que te cambies al RESICO recuerda que al hacer tus facturas electrónicas debes cambiar también tu régimen fiscal en tu plataforma o programa de facturación para que estén correctamente timbradas.
¡Contáctanos! En FEP te ayudamos con tu facturación electrónica.
El SAT cuenta con un sitio para brindarte más información acerca de este tema, puedes consultar aquí: http://omawww.sat.gob.mx/RegimenSimplificadodeConfianza/Paginas/index.html