Se incorpora al CFDI de tipo Traslado para poder acreditar la posesión de las mercancías, de esta manera se brinda información sobre el origen y los destinos de las mercancías que se trasladan a través de los distintos medios de transporte.
Los contribuyentes que dan servicios de traslado de mercancías, podrán emitir un CFDI de tipo Ingreso incorporando el complemento Carta Porte, con este se puede amparar la legal posesión de las mercancías.
Conocer para qué sirve la carta de porte es el primer paso para entender más del alcance de este documento. Este complemento debe de contener la información relacionada a los bienes o mercancías, así como también el origen, puntos intermedios y destino, además deberá de incluir el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.
Es emitido por la compañía de transporte y vienen en diversas formas y cada una sirve de varias maneras. A continuación te detallamos:
1) Recibo de las mercancías, que evidencia la carga, despacho o entrega a disposición y que indica el estado general de los bienes recibidos.
2) Prueba del contrato de transporte entre el cargador y el porteador.
3) Factura de la compañía de transporte en concepto del importe correspondiente al servicio ofrecido.
4) Sirve como un documento negociable que puede intercambiarse por dinero, siempre y cuando permitiendo que los bienes a que hace referencia se vendan durante el tránsito.
5) Es un documento constituyente de título que representa la propiedad de los bienes y que sólo se da a conocer por la compañía naviera contra la presentación de un documento original firmado.
Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, deberás de emitir un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y amparar el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado en carreteras.
Se usa en aquellos casos que se necesitan trasladar bienes y/o mercancías en territorio nacional, ya sea por medio de autotransporte federal, por medio marítimo, aérea o ferroviaria. El CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte se debe emitir por quien presta el servicio de transporte cuando haya sido contratado para el traslado de bienes o mercancías en territorio nacional.
En FEP ofrecemos la solución de “Carta Porte 2.0” que se trata de un complemento que se incorpora al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo traslado o ingreso, para relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino.
Se debe hacer uso de la Carta Porte cuando hay transportación marítima, aérea, ferroviaria y autotransporte.
Carta Porte Portal Web que agiliza tus procesos con nuestra solución en la nube, en nuestra plataforma podrás emitir el CFDI con el complemento Carta Porte.
Carta Porte Desarrollo Rightsizing que está indicada para empresas que necesitan interconectar sus sistemas ERP para la emisión de complemento Carta Porte.
Carta Porte Consumo Web Service la cual es una solución indicada para la implementación bajo el consumo de Web Service para la emisión del complemento Carta Porte.
Si deseas conocer más información del Complemento Carta Porte puede visitar nuestra página: www.fep.com.mx
Existen 2 tipos de comprobantes, ingreso y traslado:
-Ingreso: Son los que se dedican al servicio de transporte terrestre de carga que circulan por carreteras federales, deben de ser emitidas para poder amparar la prestación del servicio, siempre y cuando incorporando el complemento Carta Porte.
-Traslado: Debe ser emitido por el propietario de los bienes o mercancías que necesita trasladar su mercancía con sus propios medios de transporte.
Lo debe de emitir ya se la propietaria o propietario de los bienes o mercancías, cuando estos se trasladan por su cuenta o cuando el intermediario de transporte presta servicios de logística para poder trasladar los bienes o las mercancías.
Hay diversos beneficios que trae el Complemento Carta Porte, por ejemplo:
1. Se puede tener conocimiento tanto del origen como el destino de las mercancías en caso de que se necesite una verificación para poder anticiparse riesgos y/o amenazas en el traslado
2. Se puede saber a detalle las mercancías que se transportan y las rutas que siguen
3. Cuenta con elementos que permiten la verificación de operaciones realizadas por las personas que intervienen en el traslado de mercancías
4. Se de información para que se pueda implantar estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las rutas
5. Refuerza el comercio formal, combate la informalidad y contrabando
Facilita elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para validar la mercancía transportada y acreditar su legal estancia durante el traslado.
Debe emitirse por quien presta el servicio de transporte cuando se contrata para trasladar bienes o mercancías en territorio nacional, ya sea autotransporte, transporte marítimo, transporte aéreo y transporte ferroviario.
Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente.